A- de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant Jose Antono Ortega Cortes·Respondent Ugpp
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto aparente de competencia en materia de tutela suscitado entre el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Roldanillo y el Tribunal Administrativo del Valle.
Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente de competencia, en la medida en que el precitado juzgado decidió tomar reglas de reparto contenidas en el Decreto 333 de 2021 para decretar la nulidad de lo actuado por esa misma autoridad, declararse incompetente y no pronunciarse de fondo sobre la acción de tutela promovida.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente al el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Roldanillo para que, de forma inmediata, continúe el trámite conforme a la ley y, de esta manera profiera una decisión de fondo a la que haya lugar.
Se le advierte a esta autoridad que, en lo sucesivo, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia y el principio de perpetuatio jurisdictionis, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 7 de marzo de 2022 proferido por el Juzgado 1° Laboral del Circuito de Rodalnillo (Valle del Cauca) dentro del expediente ICC-4171.
- Segundo. REMITIR al Juzgado 1° Laboral del Circuito de Rodalnillo (Valle del Cauca) el expediente ICC-4171, para que, de forma inmediata, continúe el trámite conforme a la ley y, de esta manera profiera una decisión de fondo en la acción de tutela promovida por el señor José Antonio Ortega Cortés en contra de la UGPP.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado 1° Laboral del Circuito de Rodalnillo (Valle del Cauca) para que, en lo sucesivo, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia y, con base al principio de perpetuatio juristictionis, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Cuarto. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo Municipal de La Unión (Valle del Cauca) para que, en lo sucesivo, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Quinto. Por Secretaría General, COMUNICAR al accionante y al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca la decisión adoptada en esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.